Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previo mensaje de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y ampliación de este Positivo Decreto, Figuraí como para las adaptaciones de carácter estrictamente técnico de sus anexos en https://asenacaf433zsk4.luwebs.com/profile